Tener residencia habitual y despacho profesional abierto en el ámbito territorial del Colegio, así como tener cumplidas todas las obligaciones estatutarias.
Acreditar más de tres años en el ejercicio efectivo de la profesión.
Acreditar uno de los siguientes supuestos:
Estar en posesión del Curso de Escuela de Práctica Jurídica.
Certificación emitida por los Sres. Secretarios Judiciales, acreditativa de que el solicitante ha llevado la dirección técnica de asuntos, fijándose como mínimo diez, de la Jurisdicción Civil, y cinco, del resto de Jurisdicciones.
En el supuesto de que el solicitante no pueda acreditar los dos últimos apartados, se le convocará a una entrevista ante tres miembros de la Junta de Gobierno designados al efecto, que lo calificarán como apto o no apto para su incorporación. Contra la calificación no cabrá recurso alguno, debiendo mediar entre una entrevista y otra al menos un plazo de seis meses.