Los abogados estamos obligados a respetar las normas deontológicas en el ejercicio de la función social que desempeñamos dentro de un estado de derecho.
No podemos poner en riesgo la independencia, la lealtad al cliente ni el secreto profesional, debemos actuar con honradez, diligencia y rectitud de ahí la necesidad de una normas deontológicas.
Las normas deontológicas figuran recogidas en el estatuto general de la abogacía, y a nivel internacional en el código deontológico europeo, los consejos autonómicos y los colegios de abogados tiene atribuida competencia para adoptar las normas deontológicas aplicables a sus respectivos ámbitos territoriales.