Abogados de violencia de género, la conexión entre la víctima y la esperanza

Desde el blog de Icalorca, queremos compartir con vosotros un artículo muy interesante sobre derecho y violencia de género, publicado por el Consejo General de la Abogacía Española y escrito por Elisa Campoy, Vocal de la Subcomisión de Violencia de Género del Consejo General de la Abogacía Español.

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Abogados de violencia de género, la conexión entre la víctima y la esperanza

Hace unos días que se celebró en Granada el IV Encuentro de Abogados y Abogadas de Violencia de Genero, un espacio que pretende, y así lo hace, ser un foro experto para profesionales de la Abogacía especialistas en la materia y que quieren profundizar en la misma.

Me llama la atención, y por eso creo importante escribir sobre este tema, que muchos de ellos están adscritos al turno de oficio, es decir, con mínimas retribuciones, y que a pesar de eso (el dinero es importante para todos) cada año, en cada Colegio de Abogados de España, se forman más letrados  y letradas en esta materia, y son muchos los que asisten a estos Encuentros que se llevan celebrando desde hace cuatro años.

Cuando hablamos de la necesidad de un Pacto de Estado, cuando se habla de políticas encaminadas a erradicar la violencia, cuando se dice que todo va mal, pues queda un rayo de esperanza en nosotros. ¡Sí!, en nosotros los abogados y abogadas en esa especialización cada día mejor, cada día más precisa…. ¿Y por qué no decirlo? Sí, con escasas retribuciones económicas.

Nuestra función no puede ser la prevención, ni la erradicación de la violencia de género. Como ciudadanos sí, pero como ciudadanos-abogados, nos estamos formando, nos estamos especializando para detectar cualquier situación de violencia y poder llevarla con garantías de éxito ante cualquier tribunal.  Y en su mayoría son profesionales adscritos al turno de violencia, es decir, mal pagados y tarde. Pero está claro que eso no es lo importante. Lo importante es luchar, pelear, para que las garantías de la víctima se vean reflejadas en el proceso, y así lo estamos entendiendo un buen número de abogados y abogadas.

Fuimos nosotros quienes hemos peleado porque la víctima cuente con  la presencia de letrado a la hora de interponer la denuncia, cuando va a contar aquello que la está destrozando, y viendo que a veces esas denuncias eran incompletas o bien no se especificaba lo que puede considerarse más importante, se alertó de esa necesidad. Ya está recogida en la legislación, y poco a poco, más lento quizás de lo que todos quisiéramos, poniéndose en práctica en todos los centros de recogida de denuncias.

Estamos sensibilizados, estamos preparándonos en la materia cada día, asistimos a las víctimas esos 365 días al año, las 24 horas al día… es decir, estamos contribuyendo a conseguir una mejor sociedad.

Por todos esos motivos, yo quiero darnos la enhorabuena. Queda mucho por hacer, mucho por conquistar, pero que vamos en el camino correcto, que todos nos dejamos la piel para conseguir que la víctima tenga garantías de éxito en su calvario personal,  y que en lo nuestro, lo estamos haciendo bien. Podremos mejorar, claro que sí, pero ahora que ha empezado un nuevo Año Judicial, creo que debemos congratularnos al menos por lo que hacemos bien…y seguir trabajando en aquello que no es tan correcto. De ahí la importancia de esos Encuentros de Violencia, buscando esa especialización y alertando de aquellos matices que todos vemos en nuestro quehacer diario.

No se nos olvide…. Somos la única conexión directa que tiene la víctima con la esperanza de cambiar de vida, de poder plasmar delante de un juez qué es lo que está ocurriendo, y de nuestro trabajo, a veces, depende ese cambio. De ahí la importancia de esa especialización, y por lo tanto de los Encuentros de Abogados. Poner en común nuestras vivencias, y seguir formándonos para dar un mejor servicio a la sociedad.

Por Elisa Campoy

10 formalidades para la casación contenciosa

 Articulo de José Ángel Castillo Cano-Cortés. Ver en su blog

«SR LETRADO TIENE 25 FOLIOS PARA RECURRIR»

La Sala de Gobierno del TS ha adoptado Acuerdo sobre extensión y otras condiciones extrínsecas del nuevo recurso de casación Contencioso-Administrativo, que entrará en vigor el 22 de julio de 2016:

  1. Los escritos de interposición y oposición no superarán los 50.000 caracteres, incluidos los espacios, lo que equivale a 25 folios.
  2. El abogado o la persona por él designada debe certificar al final de tales escritos el número de caracteres que contiene.
  3. La fuente y tamaño de la letra debe ser Times New Roman, 12.
  4. En caso de transcripción de preceptos normativos, fragmentos de sentencias o notas a pie de página, debe reducirse el tamaño a 10.
  5. El interlineado debe ser de 1,5 cm y los márgenes tanto verticales como horizontales quedan prefijados en 2,5 cm.
  6. El formato del folio será A-4.
  7. Los escritos deberán ir precedidos de una carátula que genera el sistema y que contiene la identificación de los recurrentes, resolución que se recurre, etc.
  8. Los escritos se estructurarán en apartados separados y debidamente numerados con un epígrafe expresivo de aquello de lo que traten.
  9.  La preparación y la oposición a la admisión, se deben reducir a 35.000 caracteres, incluyendo espacios (equivalente a 15 folios).
  10. Para el trámite de audiencia sobre el interés casacional del recurso, la extensión  será fijada en cada caso concreto, y nunca será superior a la del escrito de preparación.

Es la primera vez que una Sala del TS entra en estas consideraciones de carácter  formal. Siendo pautas obligatorias, pueden llegar a afectar al derecho de defensa por la limitación de la extensión de escritos. Nos preguntamos, pues ni la Ley ni el Acuerdo lo contemplan, cuáles serán las eventuales consecuencias del incumplimiento de estos requisitos formales que, en nuestra opinión, nunca deberían interpretarse de manera tan rigurosa que llevara a la inadmisión del recurso o del escrito correspondiente, conforme a la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional sobre interpretación restrictiva de las causas de inadmisión de los recursos. Lo que era un secreto a voces, la advertencia de los magistrados para que se redujera la extensión de los escritos, se ha elevado a la categoría de Acuerdo del TS en lo Contencioso-Administrativo, y probablemente marcando tendencia para el resto de jurisdicciones. La cada vez más frecuente advertencia  “Señor letrado, tiene cinco minutos para informar”, se extiende ahora: “Señor letrado, tiene 25 folios para recurrir”. En cualquier caso, si favorece la simplificación, sin menoscabo de la seguridad y sin causar indefensión, bienvenida sea.

José Ángel Castillo Cano-Cortés

Socio Aguayo Abogados.

Magistrado en Excedencia